miércoles, 30 de junio de 2010

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA "ESTUDIO CIENTÍFICO"

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
“ESTUDIO CIENTÍFICO”

Por Franco Quiroz Cedrón*

Tratando de definir, diríamos que son: Grandes conquistas humanas principalmente en el aspecto social, de acuerdo a la realidad dinámica y permanente de cada sociedad.

Por otro lado, la verdadera importancia de nuestro tema, diríamos que significa y constituye LA ESTRUCTURA JURÍDICA de las SOCIEDADES DE LOS CINCO CONTINENTES DE NUESTRO PLANETA, de esta forma la verdadera Historia, el desarrollo y el progreso de dichas sociedades, han tenido como base, indudablemente, la existencia concreta de los DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA.

Principalmente, La Vida, La Libertad de la conciencia, la Libertad de Expresión, el trabajo, la Libertad Intelectual, a la Libertad y seguridad personal, derecho a la salud, derecho a la educación, a la nacionalidad, a la paz, derecho al trabajo; etc.

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA, ubicados, para conocimiento y defensa del pueblo, en el Capítulo que le corresponde en nuestra Constitución, han sido siempre OBJETIVO de la Ciencia y de la Investigación Científica, fundamentando el Derecho como Ciencia, que resuelve los problemas de la sociedad. Pues, La Sociedad y El Derecho, responde a la gran verdad: “DONDE HAY SOCIEDAD, ALLI ESTÁ EL DERECHO”, puesto que el Derecho es la expresión de normas objetivizadas en las relaciones humanas que implican un orden social contrario a la arbitrariedad individual o a la fuerza del grupo.

Frente a lo expresado, los Derechos Fundamentales de la Persona en el Estado Moderno, donde el Estado es un HECHO SOCIAL donde su principal elemento es el poder, esencial para la creación y el desarrollo de la Comunidad, de la sociedad.

Es mi opinión conceptual, considerar al Derecho como Ciencia sustentado en el desarrollo de los Derechos Fundamentales de la Persona y que son objetivo de la Ciencia y de la Investigación Científica, en el marco de la investigación social para solucionar los problemas frente a esta nueva realidad que es consenso mundial Surge la pregunta: ¿CUAL ES EL OBJETIVO Y SIGNIFICADO DE LA CIENCIA?

En la realidad social, que es dinámica permanentemente, el objetivo son los Derechos Fundamentales de la Persona, lo que realmente le da significado a la Investigación Social

Lo anterior, tiene que ver con la PRÁCTICA HUMANA, con la PRÁCTICA SOCIAL Precisamente, tiene que ver con los DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA, puesto que, como dicen los investigadores mexicanos Alfredo Tecla y Alberto Garza: “LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PRÁCTICA SOCIAL SON, POR UNA PARTE LA ACCIÓN RECIPROCA DEL HOMBRE SOBRE LA NATURALEZA; Y POR OTRA PARTE, LA ACCIÓN RECIPROCA DEL HOMBRE SOBRE EL HOMBRE”, es decir, en resumen, el conocimiento científico se BASA EN LA EXPERIENCIA, en la práctica del Derecho, donde todos los personas son iguales por naturaleza, participando en la idea de justicia, principal fin de los Derechos Fundamentales

En este panorama, y para la Investigación Social, necesitamos la estrecha relación que existe entre la TEORÍA, el MÉTODO y la TÉCNICA, que en conjunto es lo que constituye la Ciencia, fundamento de la pregunta antes mencionada.(1)

LA TEORÍA: Que es distinta a la práctica, pero, que esta indisolublemente ligada a ella para la solución de los problemas sociales que se presentan en la relación de los Derechos Fundamentales de la Persona, pues, la experiencia o la práctica es el elemento orgánico de toda Teoría, donde una de sus característica es ser el reflejo objetivo de la realidad, con la cual DEBE SER CONTRASTADA para ser una verdadera solución.

EL MÉTODO: También parte de la realidad donde están las leyes objetivas que son la propia realidad, donde se unen ambos conceptos. Pero la realidad, están en los Derechos Fundamentales de la Persona, que es nuestro tema.

LA TÉCNICA: Es el tercer concepto, y en desarrollo, que constituye la Ciencia, aunque mas independiente, pero tiene la característica de proporcionar el instrumental experimental, imprescindible para la investigación social y beneficiar entre otros a la Medicina, la Educación, la salud, la Industria, el trabajo, la seguridad, etc.

Estamos frente a la Teoría y la Práctica de los Derechos Fundamentales de la Persona; Observados desde la antigüedad hasta nuestros días en la supervivencia y el progreso de las comunidades, hoy sociedades, que luchan por la igualdad entre sus miembros. Así, se ha transformado en el contenido de las normas objetivas válidas en el concierto de las naciones para que sean interpretadas y aplicadas, cada vez con mayor éxito y ejemplo entre los humanos, buscando siempre la primacía y práctica de sus valores.

En conclusión, los Derechos Fundamentales de la Persona necesitan de la Ciencia para la Investigación Social, y esta del concurso necesario de la Teoría, el Método y la Técnica para concretar, para realizar nuestras hipótesis científicas. y desarrollarla hasta encontrar la mejor solución del problema.

Con todos los elementos, mencionados en este comentario que es mi OPINIÓN de investigador respecto a los Derechos Fundamentales de la Persona, realidad e imagen de las sociedades desarrolladas o en desarrollo, allí donde se da importancia al Conocimiento Científico, y con ello a la Ciencia Jurídica en toda su plenitud, propia de cada escenario de estas sociedades y que quiere el progreso espiritual y material de sus gentes, principal objetivo que ha subsistido en todo espacio y tiempo, y del que se ocupa la Doctrina Nacional y Extranjero, que las Universidades utilizan para sus investigaciones.

CITAS AL FINAL DEL COMENTARIO

* Docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Gobernador del Distrito de San Miguel – Lima.
(1) RECLA J., Alfredo y GARZA R. Alberto. “Teorías, métodos u Técnicas en la Investigación social”. Editorial de Cultura Popular. 1985. Págs. 12, 13, 14 y sgtes.